Mediación familiar: resolver conflictos antes de una ruptura
1245
post-template-default,single,single-post,postid-1245,single-format-standard,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-title-hidden,qode-theme-ver-16.8,qode-theme-bridge,wpb-js-composer js-comp-ver-5.5.4,vc_responsive

Mediación familiar: resolver conflictos antes de una ruptura

Cuando iniciamos una relación de pareja, cuando formamos una familia, todos queremos que las cosas vayan bien. Y, en general, hacemos todo lo posible por que esas relaciones funcionen. Sin embargo, por distintas circunstancias, con frecuencia encontramos que una pareja se enfrenta a una separación o divorcio, a una ruptura.

Cuando la ruptura ya es inevitable, mucho mejor que acudir sin más a un proceso judicial de separación o divorcio es plantearse la opción de la mediación familiar: un proceso en el que “las partes solicitan y aceptan la intervención de un mediador, profesional imparcial, neutral y sin capacidad para tomar decisiones por ellas, que les asiste con la finalidad de favorecer vías de comunicación y búsqueda de acuerdos consensuados” (art. 1 Ley de mediación familiar de la Comunidad de Madrid). El mediador facilita la comunicación entre las partes y les ayuda a alcanzar acuerdos, sobre todo en lo que respecta a su relación como padres; porque, aunque dejen de ser pareja, hay que buscar la forma de que las relaciones entre ellos sean lo más fluidas posibles por el bien de los hijos nacidos de esta unión.

Sin duda la mediación es una herramienta muy valiosa y que se demuestra eficaz para ayudar a las parejas enfrentadas a una separación o divorcio. Sin embargo, la mediación es mucho más: la misma ley de la Comunidad de Madrid afirma que “La mediación familiar desarrollada en esta Ley es un procedimiento voluntario de gestión o resolución positiva de tensiones o conflictos familiares” (artículo 1) y explica que está dirigida a “evitar la apertura de procedimientos judiciales de carácter contencioso, poner fin a los ya iniciados o reducir sus consecuencias negativas, así como a facilitar a las partes en la mediación el cumplimiento de sentencias judiciales que afecten a las relaciones familiares” (artículo 3) pero también “a prevenir o minimizar los conflictos intrafamiliares” (artículo 3).

Por tanto, podemos acudir a la mediación familiar cuando necesitemos una ayuda profesional para resolver tensiones y conflictos familiares, para prevenirlos o minimizarlos; es decir, mucho antes de encontrarnos abocados a una ruptura, en el momento en que el conflicto se nos está yendo de las manos y no sabemos o no podemos solucionarlo por nosotros mismos.

La orientación familiar, sin duda, facilita que una pareja pueda poner fin a su relación alcanzando acuerdos por el bien de ambos miembros de la pareja y de sus hijos. Pero la mediación familiar también es una gran ayuda para resolver tensiones o conflictos en el seno familiar cuando estos se producen; y, si acudimos a la mediación, un elevado porcentaje de esos conflictos se resuelven, permitiendo a la pareja recuperar su relación y evitando la ruptura.